Autores: Instituto Nacional de Educación de Adultos INEA
Referencia: Dirección de Concertación y Alianzas Estratégicas Subdirección de Asuntos Internacionales. México. 2013
Resumen
La educación es reconocida como un derecho humano, fundamental para el desarrollo personal y social de todo ser humano.
Los derechos de las personas privadas de la libertad se encuentran consagrados en diversos instrumentos universales y regionales de derechos humanos. El derecho a la educación de este sector de la población es un derecho plenamente reconocido y que se encuentra enmarcado desde la perspectiva de derechos humanos así como de una Educación Para Todos a lo largo de la vida.
En el contexto particular de educación para adultos, la educación básica, si bien hace referencia a la alfabetización, aritmética y elementos de formación general, hace hincapié también a la adquisición de habilidades sociales y de conocimientos comunes a la vida cotidiana. En la Declaración de Educación para Todos queda asentado de la siguiente manera: “Las necesidades básicas de aprendizaje abarcan tanto las herramientas esenciales para el aprendizaje (como la alfabetización, la expresión oral, el cálculo, la solución de problemas) y los contenidos de aprendizaje básico (conocimientos, habilidades, valores y actitudes) requeridos por los seres humanos para poder sobrevivir, desarrollar capacidades, vivir y trabajar con dignidad, participar plenamente en el desarrollo, mejorar la calidad de su vida, tomar decisiones fundamentadas y continuar aprendiendo.”
De lo anterior se entiende que el concepto de educación a lo largo de la vida considera la actividad educativa como parte de un proceso de aprendizaje permanente. Desde este punto de vista, no hay ninguna razón por la cual el proceso deba de ser interrumpido por el encarcelamiento.